LA ESTRATEGIA DE LA UNIÓN EUROPEA DE LUCHA CONTRA
EL CAMBIO CLIMÁTICO
I. ASPECTOS TÉCNICOS
1. El cambio climático constituye una de las principales amenazas a las que se enfrenta la Tierra.
En efecto, según los expertos en calentamiento global, un incremento de la temperatura media del planeta por encima de los 2° C con respecto a los niveles de la época preindustrial, acarrearía para la humanidad consecuencias dramáticas
e irreversibles. El cambio climático es un proceso dinámico y en marcha. Sólo a lo largo del siglo XX, la temperatura media de la Tierra aumentó en 0,6° C con respecto a la etapa de referencia. El calentamiento global se debe
en gran medida al incremento de la emisión de gases de efecto invernadero (GEI) en la atmósfera, particularmente de dióxido de carbono (CO2). La comunidad científica, en su gran mayoría, afirma que este fenómeno se
ha agravado como consecuencia de la actividad humana. Conviene señalar, a este propósito, que la deforestación [1] (en particular en los países en desarrollo) es responsable de 20% de las emisiones de GEI mundiales. La inacción al respecto podría llevar a un aumento de la temperatura media mundial de hasta 6° C en
relación con los niveles actuales hacia fin de siglo. Conforme a James Hansen del Instituto Goddard de los EEUU, la cuota segura de dióxido de carbón equivalente (CO2e) en la atmósfera es de 350m ppm, hoy rebasada (350 ppm) y amenazando
por hacerse “astronómica”, al ritmo de + 2 ppm cada año. La biosfera podría sobrevivir en ausencia del hombre, pero éste no podría pervivir como especie en ausencia de aquella. En cualquier caso, la adopción
urgente de medidas para combatir el cambio climático podrán sólo paliar, no anular este fenómeno.
2.
Las consecuencias de un calentamiento global incontrolado serían: una subida alarmante del nivel del mar, (de modo que si durante el siglo XX este aumentó de 10 a 12 cm., hacia 2100 podría elevarse entre 18 y 59 cm), la modificación
del régimen de precipitaciones, un incremento de las lluvias torrenciales conllevando deslizamientos de tierras e inundaciones, el deshielo de cumbres montañosas y glaciares, la invasión de tierras costeras por fuertes marejadas, la desaparición
de atolones e islas bajas bajo del nivel del mar, la multiplicación de los riesgos de incendio de los bosques, la sequía, una disminución importante del caudal de los ríos, una reducción de los recursos de agua potable, la
disminución de la productividad de las tierras cultivadas en más de 20% en las latitudes bajas. la pérdida de biodiversidad (con la posible extinción del 70% de las especies animales), extensas áreas de la selva amazónica
(que produce el 20% del oxigeno que respira la humanidad) podrían desaparecer...
3. Respecto
al impacto directo del cambio climático para el hombre, alrededor de 375 millones de seres humanos podrían ser potenciales víctimas de desastres naturales hasta 2015. Por otra parte, más de 200 millones de personas podrían
tener que emigrar a causa de las hambrunas y la degradación medioambiental hasta 2050. Alrededor del año 2080, unos 3 mil millones de personas habitarían zonas que padecerían de una sequia inimaginable y 600 millones de personas
vivirían sitios a menos de 10m por encima del agua del mar. A ello hay que añadir el incremento de los perjuicios a los países cuyas economías están basadas en la agricultura y el turismo. En efecto, un importante elemento
de preocupación son las consecuencias económicas del cambio climático. El “Informe Stern” señala que si el fenómeno no se controla, podría producirse una caída anual del PIB mundial de entre
el 5 y el 20%. Por su parte, la Comisión Europea sostiene que sería necesario invertir el 0.5% del PIB mundial entre 2013 y 2030 para poder reducir significativamente la emisión de GEI.
4. Conviene recordar las consecuencias del cambio climático que todavía se desconocen: por ejemplo, que ocurriría con la reducción
del “permafrost”, la capa siempre congelada cuya cantidad de carbono orgánico secuestrado tal vez triplique la existente en la atmosfera...
II. MEDIDAS EUROPEAS DE LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO
1. La Unión Europea (UE) tiene entre sus objetivos estratégicos el de convertirse
en una economía baja en emisiones de carbono y en la cual la seguridad energética esté garantizada Para ello, la UE ha desarrollado a lo largo de la última década una estrategia conjunta
relativa al cambio climático y a la energía que contempla determinadas medidas cuyos objetivos son:
- disminuir
la dependencia energética de la UE reduciendo las importaciones de petróleo y de gas y fomentando el uso creciente de energías renovables;
- reducir las emisiones de GEI y frenar las consecuencias del cambio climático.
2. Esta estrategia comunitaria tiene como punto de partida la comunicación de la Comisión COM (1998) 353 final, de 3 de junio de 1998 titulada "Cambio climático, hacia una estrategia comunitaria post-Kioto". Se han emprendido varias acciones desde entonces, entre las que cabe destacar la adopción de la Directiva
N° 2003/87/CE del Paramento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el intercambio de cuotas de emisión de gases de efecto invernadero en la UE (SCICE-GEI), recientemente enmendada por la Directiva
N° 2009/29/EC, de 23.04.2009.
El 23 de enero de 2008, en una comunicación titulada "Dos
veces 20 para el 2020 – El cambio climático, una oportunidad para Europa", (véase COM (2008) 30 final, de 23.01.2008),la Comisión Europea presentó un paquete de propuestas
cuyos principales objetivos son: reducir al menos un 20% las emisiones de gases de efecto invernadero respecto a los niveles actuales para 2020 y lograr que las energías renovables representen el 20% del consumo energético de la UE para ese año
(año de referencia). Este paquete incluye las cinco medidas específicas siguientes:
- COM (2008) 13 final,
de 23.01.2008: "Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones - Apoyar la demostración temprana de la producción sostenible
de electricidad a partir de combustibles fósiles";
- COM (2008) 16 final, de 23.01.2008: "Propuesta de
Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para perfeccionar y ampliar el Sistema Comunitario de Intercambio de Cuotas de Emisión de Gases de Efecto Invernadero" [2]
;
- COM (2008) 17 final, de 23.01.2008: "Propuesta de decisión del Parlamento Europeo y del
Consejo sobre el esfuerzo que habrán de desplegar los Estados miembros para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero a fin de cumplir los compromisos adquiridos por la Comunidad hasta 2020";
- COM (2008) 18 final: "Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al almacenamiento geológico de dióxido de carbono y por la que se
modifican las Directivas del Consejo 85/337/CEE y 96/61/CE, y las Directivas 2000/60/CE, 2001/80/CE, 2004/35/CE, 2006/12/CE y el Reglamento (CE) nº 1013/2006";
- COM (2008) 19 final, de 23.01.2008: "Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables"; y
- los anexos técnicos SEC (2008) 47, 48, 52, 53, 54, 55, 57 y 58.
- Igualmente la Comisión ha adoptado las nuevas líneas directrices que rigen la concesión de ayudas de Estado en materia de protección del medio ambiente (véase JOCE
C 82, de 01/04/2008, p.1).
- El coste total (Créditos de compromiso/Créditos de pago) de la acción propuesta,
además del coste en recursos humanos, ascendería según la Comisión a 11.658 millones de Euros, con cargo a los presupuestos: artículo 07 03 07 – LIFE+plus (Instrumento Financiero para el Medio ambiente - de 2007 a 2013).
3. Para algunos
expertos, dicho coste fue netamente subvaluado. Ciertas organizaciones profesionales criticaron la ambición desproporcionada de estas propuestas especialmente en comparación con el escaso compromiso por parte de otros países. Otras alegaron
que implican un coste excesivamente elevado para un plazo de aplicación relativamente corto, lo que podría aumentar el riesgo de deslocalizaciones de industrias europeas hacia terceros países cuyas normativas en materia de emisiones de
GEI y de medio ambiente son menos severas.
4. En 2009, la Comisión Europea elaboró otra serie de comunicaciones centradas en la
lucha contra el cambio climático a través del desarrollo de nuevas tecnologías. Destacamos:
- COM (2009)
519 final, de 07/10/2009: "La inversión en el desarrollo de tecnologías con baja emisión de carbono (Plan EETE)".
- COM (2009)
512 final, de 30/09/2009: "Preparar nuestro futuro: desarrollo de una estrategia común en la UE para las tecnologías facilitadoras esenciales".
- COM (2009) 326 final, de 26/06/2009: "Propuesta de Decisión del Consejo sobre la confirmación de los Estatutos de la Agencia Internacional de Energías Renovables (IRENA) por parte de la Comunidad Europea y sobre el
ejercicio de sus derechos y obligaciones”.
El Parlamento Europeo aprobó en
Estrasburgo, el 20.10.2009, la confirmación de los estatutos de la Agencia IRENA.
5. Por otra parte, a comienzos de 2007, el Parlamento
Europeo puso en marcha la comisión temporal CLIM encargada de las cuestiones referidas al cambio climático. La duración del mandato de esta comisión fue de 12 meses a partir del 10 de mayo de 2007, con una prórroga
de 9 meses, tras los que debía presentar un informe conteniendo recomendaciones de acciones o iniciativas. El miércoles 21 de mayo de 2008, el PE adoptó el informe intermedio de Sr. Karl-Heinz FLORENZ (Grupo PPE-DE, DE, ponente de la comisión
CLIM) relativo a los datos científicos del cambio climático (“Conclusiones y Recomendaciones con vistas a una toma de decisión”). Los días 12 y 13 de junio de 2008, el Parlamento Europeo organizó en su
sede de Bruselas, la segunda Conferencia “Agora Citoyenne 2008”, dedicada al cambio climático [3]. En esta Conferencia, la sociedad civil europea tuvo la oportunidad de expresar
su opinión sobre este tema, aportando así un valor añadido al proceso legislativo. Al finalizar los trabajos de la CLIM, el Parlamento Europeo adoptó la Resolución no legislativa titulada "2050: El futuro empieza hoy
– Recomendaciones para la futura política integrada de la UE en materia de cambio climático", (véase Doc. T6-0042/2009, de 04.02.2009), en la que constata el rápido y preocupante avance del cambio climático y llama
a la UE y otros países industrializados a que reduzcan las emisiones de GEI entre un 25 y un 40% de media entre 2009 y 2020. A largo plazo, la resolución recomienda una reducción de al menos un 80% para 2050. Además, se indica la
necesidad de basar el nuevo acuerdo sobre cambio climático basado sobre el principio de "responsabilidad compartida pero diferenciada" entre los países industrializados y los menos desarrollados. Finalmente, desde una perspectiva financiera,
el Parlamento Europeo propone apoyar tanto el desarrollo de tecnologías que permitan luchar contra el cambio climático como las ayudas al desarrollo en materia de adaptación a este fenómeno. En concreto, reclama la creación
de un “Fondo Europeo del Clima” que complemente a fondos similares a nivel nacional, así como la puesta en marcha de un Plan de acción para luchar contra el cambio climático para el período 2009-2014.
6. En enero de 2009,
la Comisión presentó la comunicación COM (2009) 39 final, de 28.01.2009: "Hacia un acuerdo
global en materia de cambio climático en Copenhague", (véase punto III.2 a continuación), que fue seguida, principios de abril de 2009, por un Libro Blanco titulado "Adaptación
al cambio climático - hacia un marco de acción europeo" (véase COM (2009) 147 final y SEC (2009) 386, 387 y 388, de 01.04.2009). Aunque esta comunicación marcó la senda para una ambiciosa actuación comunitaria
en relación con la lucha contra el cambio climático – aspectos tanto internos, como externos - por lo que se refiere específicamente a los bosques, el Libro Blanco se limitaba
a lanzar un debate sobre los enfoques comunitarios posibles en materia de protección y de puesta a punto de los sistemas de información forestales, a indicar las acciones que deben llevarse (a nivel de la UE y de los Estados miembros) y a actualizar
la estrategia forestal europea [4] en función de las mismas. El Libro Blanco fue seguido, en setiembre de 2009, por la comunicación COM (2009) 475 final, de 10.09.2009: "Aumentar la financiación
internacional de la lucha contra el cambio climático: un plan europeo para el pacto de Copenhague", (véase punto III.5 a continuación).
III. ACTUACIÓN A NIVEL INTERNACIONAL
1. La grave amenaza
que supone el calentamiento global del planeta ha impulsado a la comunidad internacional a actuar. Con el objetivo de luchar contra el cambio climático, la Conferencia de Río adoptó en 1992 la Convención-Marco de Naciones Unidas
sobre Cambio Climático (CMNUCC), cuyo principal desafío consiste en "estabilizar las concentraciones de GEI en la atmósfera en un nivel que impida toda interferencia antropogénica [5]
peligrosa sobre el sistema climático". Para lograr este objetivo, en 1997 se firmó el Protocolo de Kioto, un acuerdo internacional para reducir la emisión de GEI entre 2008 y 2012 en
una media global de no menos del 5.2% con respecto a los niveles de 1990. Esto implicaría una reducción del 8% de emisiones de GEI en el espacio geográfico de la UE. Además, el Protocolo de Kioto prevé reducir a la mitad
las emisiones de GEI de los países signatarios hasta 2050.
- El Protocolo de Kioto entró en vigor en 2005 y
ha sido ratificado por 184 países hasta la fecha. Sin embargo, la negativa de Estados Unidos a ratificarlo en 2001, así como las exenciones concedidas a países como China e India han puesto en entredicho la efectividad del mismo.
- La Conferencia de Bali (COP-13), celebrada en Indonesia del 3 al 15 de diciembre de 2007,
supuso un cierto progreso al considerar como elementos clave para la mitigación del calentamiento global la lucha contra la deforestación, la ayuda a los países en desarrollo para adaptarse a los efectos del cambio climático y la
transferencia de tecnologías limpias hacia estos países.
- La Conferencia
de Poznan (COP-14), celebrada en Polonia del 1 al 12 de diciembre de 2008, no respondió a las expectativas creadas. En efecto, aunque se produjo un avance esperanzador en relación al "Fondo de Adaptación” (cuyo objetivo
es financiar proyectos de adaptación al cambio climático en los países en desarrollo), predominó un clima de estancamiento en las negociaciones y la comunidad internacional decidió posponer las mismas hasta la próxima
conferencia (COP-15) que se desarrolló en diciembre de 2009 en Copenhague (Dinamarca).
2. En enero de 2009, la Comisión Europea presentó la comunicación COM (2009) 39 final, de 28.01.2009: "Hacia un acuerdo global en materia de cambio
climático en Copenhague". Conforme a este documento, la UE estaba dispuesta a reducir sus emisiones de GEI un 20% en 2020 en relación con los niveles existentes en 1990, con independencia del resultado final de la negociación
de Copenhague. No obstante, la UE aceptaba incrementar esa reducción hasta un 30% condicionado a la conclusión de un acuerdo suficientemente ambicioso y exhaustivo, por el cual otros países desarrollados se comprometiesen a reducciones
similares y los países emergentes a una contribución acorde con sus responsabilidades y capacidades. De esta manera, la UE ponía sobre la mesa negociadora los objetivos de reducción de emisiones más ambiciosos del mundo.
La comunicación detallaba los objetivos y las acciones consideradas, así como las modalidades acerca de su financiación y contemplaba los aspectos vinculados a la instauración de un mercado
mundial de carbono eficaz de aquí al 2015, conectando los sistemas nacionales de límite máximo de emisión e intercambio de derechos de emisión. También tomaba en consideración las propuestas del Consejo Europeo celebrado en Bruselas los días 19 y 20 de junio de 2008 en relación a la presentación de una estrategia global que permitiría aumentar la financiación y las inversiones,
tanto para la reducción de las emisiones como para la adaptación al cambio climático. La comunicación anunciaba medidas concretas de reducción de emisión para los sectores de la aviación civil y del transporte
marítimo a nivel internacional, lo que no hacía para los bosques (deforestación) donde se limitaba a considerar vías para frenar el aumento de las emisiones de GEI en los países en desarrollo dentro de un objetivo global
"reducir de aquí al 2020 la deforestación tropical bruta de al menos un 50% con relación a los niveles actuales y poner fin de aquí al 2030 a la disminución de la cubierta forestal del planeta". Por lo que se refiere
a la financiación de las medidas propuestas, la comunicación de la Comisión preveía que "las inversiones suplementarias netas deberían acercarse a 175.000 millones de Euros
de aquí al 2020 a escala mundial y consideraba que más de la mitad de este importe debería invertirse en los países en desarrollo, y, en particular, en el sector forestal".
3. El 16 de marzo de 2009, el Consejo de
Asuntos Generales y Relaciones Exteriores destacó la importancia de alcanzar a finales de 2009 un acuerdo ambicioso y global sobre el cambio climático en Copenhague y recomendaba que tanto "la atenuación del cambio
climático como la adaptación a éste formasen parte integral del desarrollo sostenible. El Consejo Europeo de 19-20 de marzo de 2009 retomó las conclusiones del Consejo de Asuntos
Generales e hizo hincapié en la necesidad de poner en marcha fuentes de financiación interiores y exteriores para financiar medidas de atenuación y adaptación - en particular en los países en desarrollo más vulnerables
- y de concentrar los esfuerzos en los mecanismos de financiación internacionales. El Consejo Europeo, celebrado los días 18 y 19 de junio de 2009 en Bruselas, trató de concertar
la posición de la UE en la conferencia de Copenhague sobre cuestiones esenciales como la financiación, la contribución de la UE y la distribución de la carga financiera entre los Estados miembros. El 10 de junio de 2009, la UE envió
su propuesta de enmiendas al Protocolo de Kioto. Esta propuesta refleja la posición común de los 27, bajo la Presidencia Checa, con vistas a la próxima Conferencia de Copenhague. Sin embargo, las conclusiones del Consejo Europeo no añaden
precisiones concretas sobre la lucha contra la deforestación y la degradación de los bosques.
4. El
26 de julio de 2009, el Gobierno del Reino Unido publicó una nueva iniciativa sobre la financiación necesaria para combatir el cambio climático de cara a la reunión de diciembre en
Copenhague. Concretamente, el Gobierno británico reveló la propuesta de una "hoja de ruta para Copenhague" por un importe global de 100.000 millones de US$ que deberían movilizarse anualmente para financiar medidas de atenuación
y adaptación, especialmente en las naciones más pobres del mundo. La propuesta británica hacía especialmente hincapié en la adaptación, lo que es crucial, ya que los países en desarrollo más pobres y
vulnerables sufren más las consecuencias del cambio climático que los países industrializados.
5. La
Comisión Europea, por su parte, adoptó en setiembre de 2009 la comunicación titulada "Aumentar la financiación internacional de la lucha contra el cambio climático: un
plan europeo para el pacto de Copenhague". (véase COM (2009) 475 final, de 10.09.2009). Este documento proponía la estrategia a seguir para adoptar un esquema internacional de financiación que ayudase a los países en desarrollo
a combatir el cambio climático, reconociendo que este punto era esencial si se quería alcanzar un acuerdo satisfactorio en Copenhague. Las estimaciones y medidas financieras que la Comisión proponía fueron las siguientes:
- Las medidas de adaptación y mitigación en los países en vías de desarrollo podrían requerir una
inversión de aproximadamente unos 100.000 millones de Euros al año para 2020 (año de referencia).
- La financiación
nacional, pública y privada, podría aportar el 20-40 % y el mercado del carbono hasta el 40 % aproximadamente; los flujos financieros públicos internacionales podrían contribuir a sufragar el resto.
- El acuerdo de Copenhague debería establecer un nuevo mecanismo sectorial de concesión de créditos de emisión de carbono, concentrando
a la vez el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) en los países menos avanzados (PMA).
- De conseguirse un acuerdo ambicioso
en diciembre, la UE realizaría una contribución financiera que oscilaría entre el 10 y el 30% (entre 2.000 y 15.000 millones de Euros anuales para 2020).
- El apoyo a las medidas de adaptación debería concederse prioritariamente a los países en vías de desarrollo más pobres y vulnerables.
- El transporte marítimo y aéreo internacional podría representar una importante fuente de financiación innovadora que conviene estudiar más
a fondo.
- La creación de un plan europeo para la gobernanza de la futura arquitectura financiera internacional, basado
en un enfoque descentralizado y ascendente, así como en los principios de transparencia y supervisión efectiva, para lo cual debería instituirse un nuevo foro de alto nivel.
- Todos los países, excepto los PMA, deberían elaborar para 2011 “planes de crecimiento” con bajas emisiones de carbono que incluyan objetivos verosímiles
a medio y largo plazo, así como elaborar inventarios anuales sobre gases de efecto invernadero. Para 2011, la UE debería presentar su propio plan de crecimiento con bajas emisiones de carbono hasta 2050.
- Entre 2010 y 2012 se podría necesitar una financiación urgente de las medidas de adaptación, mitigación, investigación y creación
de capacidades en los países en vías de desarrollo que oscilaría entre 5.000 y 7.000 millones de Euros anuales, de los cuales la UE aportaría entre 500 y 2.100 millones de Euros.
- Según las estimaciones de la Comisión, los costes adicionales necesarios para reducir emisiones distintas de las de CO2 procedentes de la agricultura y las emisiones
de CO2 debidas a la deforestación y la degradación de los bosques (REDD, por sus siglas en inglés) [6] se situarían en torno a los 23.000 millones de Euros anuales. La financiación
pública debería ser el principal incentivo para reducir las emisiones debidas a la deforestación y la degradación de los bosques hasta 2020. En particular, dado que la mayor parte del potencial de mitigación se encuentra
en los países en vías de desarrollo más pobres, la financiación pública internacional debería cubrir una parte más importante de los costes adicionales que en el caso del sector de la energía, es decir,
del 30 al 60 % (entre 7.000 y 14.000 millones de Euros). Con este fin, la Comisión había propuesto el establecimiento de un mecanismo mundial del carbono forestal en su comunicación anterior titulada "Combatir la deforestación
y la degradación de los bosques para luchar contra el cambio climático y la disminución de la biodiversidad», (véase COM (2008) 645 final y SEC (2008) 2618, 2619 et 2620, de 17/10/2008) [7].
- Si no se utiliza el presupuesto de la UE, la distribución de las contribuciones por estado miembro debería seguir
los mismos principios que a nivel internacional, teniendo en cuenta las circunstancias especiales de cada uno de ello.
6. La
financiación de la ayuda a los países en desarrollo para facilitar su adaptación a la lucha contra el cambio climático y el reparto de las cargas financieras entre los Estados miembros supone uno de los puntos de mayor división
tanto en el seno de la ONU como de la UE. La reunión del Consejo ECOFIN del 20.10.2009 puso de manifiesto estas divergencias, no siendo capaces los Ministros de Economía y Finanzas de la Unión
de alcanzar un acuerdo al respecto de cara a la cumbre de Copenhague. La falta de un acuerdo en el seno de la Unión en materia de financiación de la lucha contra el calentamiento global ha puesto en entredicho la capacidad de liderazgo de la
Unión en la esfera internacional. Además, como señala la Comisión en su comunicación COM (2009) 475 final: "el coste de la lucha contra el cambio climático es, en términos generales, mucho menor que el de
hacer frente a sus consecuencias".
7. Las conclusiones adoptadas por el Consejo el 21.10.09 sobre la posición de la UE para la Conferencia del Clima de Copenhague reiteran el compromiso de la Unión con el objetivo de no exceder en más de 2° C el incremento de la temperatura media
del planeta a lo largo de este siglo. Para ello, el Consejo propuso como objetivo global la reducción de al menos el 50% de las emisiones de GEI en 2050 con relación a los niveles de 1990, (80% en el caso de los países industrializados).
Alcanzar ese objetivo obligaría a reducir las emisiones entre un 25 a un 40% en 2020 (15-30% en el caso de los países en desarrollo). Además, el Consejo reafirmó la voluntad de la Unión de recortar sus emisiones un 30% a
partir de 2012 en caso de alcanzarse un acuerdo ambicioso en Copenhague. Las conclusiones del Consejo recogen en lo esencial el contenido de la comunicación de la Comisión COM (2009) 475 final, de 10.09.2009. Sin embargo, no hacen alusión
alguna a la relación cambio climático-bosques.
8. El Consejo
Europeo celebrado los días 29 y 30 de Octubre 2009 en Bruselas abordó la cuestión de la posición negociadora de la UE ante la Cumbre de Copenhague. En sus conclusiones, el Consejo Europeo incorpora las estimaciones de la
comunicación de la Comisión, COM (2009) 475 final, de 10.09.2009, sobre el coste financiero global de las medidas de mitigación y adaptación al cambio climático en los países menos desarrollados de aquí a 2020,
así como sobre el volumen de ayuda internacional y comunitaria en este capítulo. Los 27 propusieron igualmente que cada país, a excepción de los más vulnerables, contribuya a financiar las medidas de mitigación y adaptación
de acuerdo a su PIB y emisiones de GEI. Sin embargo, el Consejo Europeo tampoco fue capaz de alcanzar un acuerdo respecto al reparto de las cargas financieras entre los Estados miembros, posponiendo la cuestión hasta después de la cumbre de Copenhague.
Por tanto, las conclusiones del Consejo Europeo reflejan el mínimo común denominador de la UE-27. Sin embargo, la cumbre de los Jefes de Estado de la UE supuso un cierto avance al reconocer y adoptar las recomendaciones de la Comisión.
Pero la falta de acuerdo interno sobre la contribución de cada Estado miembro a la financiación de la lucha contra el cambio climático debilitó la posición negociadora de la Unión en la Cumbre del Clima de Copenhague.
9. Por su parte, el Comité Económico
y Social de la UE (CESE), durante la fase de preparación de su dictamen (véase Doc. CESE 771/2009), ha señalado que el objetivo de la UE y de los países industrializados debe ser él de una reducción del
30% de aquí a 2020, y del 80% de aquí a 2050. Además, ha deplorado la falta de cooperación y compromisos concretos por parte de los Estados miembros. El CESE ha reiterado estos objetivos en su reciente Resolución CESE 1676/2009,
de 6 de noviembre de 2009, en la que recoge en su práctica totalidad las propuestas de la Comisión antes mencionadas.
10. La 15ª Conferencia de las Partes que se desarrolló del 7 al 18 de diciembre de 2009 en Copenhague (COP-15) se presentaba como
una cumbre decisiva para el futuro del planeta. En efecto, su objetivo era alcanzar un nuevo acuerdo internacional sobre cambio climático que sustituyese al Protocolo de Kioto a partir de 2012, año en que expira la primera fase del
mismo. En concreto, la Conferencia de Copenhague afrontaba un triple desafío: reducir significativamente la cantidad de GEI emitidos a la atmósfera, impulsar las energías renovables y el almacenaje de carbono. Concretamente, con respecto
a los países en desarrollo, los objetivos a alcanzar en la cumbre de diciembre eran la estabilización o freno en el incremento de emisiones de GEI y la adaptación de estos países al cambio climático. Éstos últimos,
como contrapartida, deberían recibir ayuda financiera para poder soportar los costes de la adaptación de sus sistemas económicos y administrativos a la lucha contra el cambio climático.
11. La conclusión de un acuerdo ambicioso en Copenhague requería pues el compromiso vinculante de todos los Estados signatarios, tanto países
desarrollados, como en vías de desarrollo. Para conseguirlo, deberían liberarse recursos financieros procedentes tanto de contribuciones de los países industrializados, como de los recursos nacionales de los países en desarrollo,
así como del mercado mundial de carbón. En particular, el éxito de la cumbre de Copenhague dependía de la capacidad de compromiso de los países con mayor cuota de emisión de GEI como son los Estados Unidos, China,
India o la propia UE.
12. En este sentido, la decisión de EE.UU. de participar en la Conferencia de Copenhague
fue una buena noticia. Sin embargo, el compromiso de este país de reducir sus emisiones de GEI un 17% de aquí a 2020 pero con referencia a los niveles de 2005 y no de 1990, no fue suficiente para alcanzar un acuerdo ambicioso para el período
posterior a 2012. En efecto, la propuesta de la Administración Obama implicaba una reducción de tan sólo un 4% de las emisiones en relación a los niveles de 1990. No obstante, la mayor implicación de EEUU ha permitido suavizar
la posición de China, que ha prometido una reducción sustancial de sus emisiones para 2020, pero con referencia a 2005 y sin ofrecer datos concretos.
13. Después de varias reuniones preparatorias durante 2009 (Bonn, Paris, Bangkok, etc.), la última ronda de negociaciones antes de la cumbre de Copenhague concluyó el viernes 6 de noviembre
de 2009 en Barcelona (España). Se registraron ciertos progresos sobre transferencia de tecnologías y sobre el mecanismo de apoyo al bosque, según ha indicado el Secretariado de la CMNUCC. Sin embargo, mucho quedaba por hacer en materia
de objetivos de reducción a medio plazo de los países industrializados y de ayudas de éstos a la financiación para los países en desarrollo. Este hecho provocó la ira de los países en desarrollo y emergentes
que amenazaron con abandonar la mesa de negociaciones. Estos desencuentros reflejaban el clima de tensión previo a una cumbre largo tiempo esperada que terminó decepcionando al clausurarse sin cerrar un acuerdo concreto sobre el nuevo protocolo
Post-Kioto. En efecto, el denominado "Acuerdo de Copenhague" no pasa de ser un mero pacto político, no vinculante, negociado en última instancia por Estados Unidos y China, las dos potencias que determinarán el nuevo orden internacional
del siglo XXI. La Unión Europea, que había acudido al encuentro con el programa de lucha contra el cambio climático más ambicioso, desempeñó un rol marginal en el resultado final de las negociaciones. Así, la
Cumbre de Copenhague escenificó la progresiva pérdida de influencia internacional europea.
14.
Cuasi todos los expertos coinciden al concluir que el contenido del acuerdo de Copenhague no cumplió las expectativas. Si bien se afirma que el aumento medio de temperatura no debe sobrepasar los 2°C, el acuerdo no establece cifras concretas de
reducción de emisiones de aquí a 2050 ni fija un máximo de emisiones. Respecto a los compromisos, las Partes del Anexo I (los países industrializados vinculados al Protocolo de Kioto), se comprometen a alcanzar objetivos de reducción
de emisiones para 2020, mientras que los países en vías de desarrollo se comprometen a poner en marcha medidas de atenuación del cambio climático (a excepción de los países menos desarrollados, en cuyo caso, las medidas
de atenuación tendrían un carácter voluntario). A tal efecto, las partes del acuerdo se comprometían a presentar planes para la consecución de los objetivos marcados a comienzos de febrero de 2010. Así, la CMNUCC recibió
el 1 de febrero los planes nacionales de 55 países (incluyendo a Estados Unidos, Rusia y la UE-27, que ha presentado un plan conjunto y común para todos los Estados miembros, así como China, Brasil y la India) para recortar y limitar la
emisión de GEI.
15. En relación a los bosques,
el acuerdo de Copenhague reconoce la importancia de la lucha contra la deforestación y degradación forestal para frenar el cambio climático, así como la necesidad de reforzar el mecanismo REDD+plus. Por otra parte, un avance significativo
se produjo en el ámbito de la financiación de medidas de atenuación y adaptación al cambio climático con el compromiso de parte de los países desarrollados de apoyar
a los países menos desarrollados y más vulnerables adaptarse al cambio climático. Así, los países industrializados se comprometen aportar 30 billones de dólares entre 2010 y 2012. Además, en el ámbito
de la mitigación, estos mismos países se comprometen aportar 100 billones de dólares por año hasta 2020. Queda por determinar como estos compromisos teóricos se convertirán en práctica.
16. Durante la celebración de las reuniones preparatorias y de la propia Conferencia de Copenhague, una vez que quedó claro que
de la misma no saldría un acuerdo vinculante, se pensó que la conclusión de un pacto satisfactorio podría tener lugar en una 15a) Conferencia de las Partes (COP-15a), que podría celebrarse a medio camino entre la COP-15 de
Copenhague y la próxima COP-16 de México. No obstante, a la luz de la evolución de los acontecimientos, parece más realista pensar que dicha negociación se aplazará hasta la nueva conferencia sobre el cambio climático
(COP-16), anunciada para fin de noviembre-principios de diciembre de 2010 en Cancún, la célebre ciudad de la costa mexicana del Caribe elegida tras ser descartada la capital, México DF.
IV. PERSPECTIVAS
1. El cambio climático es un problema global
y por tanto, requiere soluciones globales. Sólo se puede abordar este fenómeno a través de la acción concertada de la comunidad internacional, en estrecha alianza con los niveles nacionales, regionales y locales de gobierno, así
como la sociedad civil. En consecuencia, resulta imprescindible que las negociaciones y debates internacionales se traduzcan en compromisos concretos y vinculantes para una geografía lo más amplia posible, especialmente para aquellos países
que juegan un papel estratégico en la lucha contra el cambio climático y el calentamiento global. Asumiendo el liderazgo en la lucha contra esta amenaza, la UE invertiría su déficit de Copenhague y estaría sentando los cimientos
para convertirse en un actor estratégico a nivel mundial.
2. El éxito de la próxima
negociación en Cancún dependerá, sin duda, del compromiso de países industrializados y de los países en vías de desarrollo. Puesto que son los primeros los principales responsables de la emisión de GEI, deberían
estar a la vanguardia de la lucha contra el cambio climático. Un acuerdo que no cuente con una verdadero apoyo por parte de países como los EEUU, Japón, Canadá, Australia y los Estados miembros de la UE, así como de los BRIC,
estará condenado a la irrelevancia y la ineficiencia. Después del fracaso de Copenhague, de ellos se espera más iniciativa y compromiso en la próxima Cumbre del Clima (COP-16) en Cancún.
Dr. Ángel ANGELIDIS
Consejero al Parlamento Europeo
Encargado de los Asuntos Agro-alimentarios y Forestales
Bruselas, febrero de 2010
[1] Los árboles sobre pie, la madera y sus derivados constituyen una fuente de almacenamiento del carbono muy importante. En efecto, los bosques constituyen verdaderos tanques naturales de carbono,
pero se afloja este carbono en la atmósfera cuando los bosques se arrancan y/o se queman. La deforestación es un proceso provocado generalmente
por la acción humana, en el que se destruye la superficie forestal. El proceso está principalmente debido a las talas o quemas realizadas por la industria
maderera, así como por la obtención de suelo para la agricultura, minería y ganadería y en los países en desarrollo para la producción de leña como fuente de energía. La deforestación tiene un
impacto adverso en la fijación de gas carbónico (CO2). Se estima que un 20% de las emisiones de GEI en el mundo proviene de los incendios forestales.
[2] Conviene señalar que el sistema comunitario SCICE-GEI (establecido por la Directiva 2003/87/CE modificada por la Directiva
2009/29/CE) no incluye a los bosques, hecho que ha sido criticado por varias organizaciones profesionales del sector (véase el Documento N° B-33 REV.1 FR-04-2010, Doc. PE 440.329, del
mismo autor). Sin embargo, conforme al articulo 3.3 (obligatorio) del Protocolo de Kioto, las Partes pueden utilizar el saldo neto de sus emisiones de GEI relacionadas con las actividades de forestación, reforestación y deforestación desde
1990, con el fin de cumplir sus objetivos de reducción de emisión de GEI; además, conforme al articulo 3.4 (facultativo) del Protocolo de Kioto, las Partes pueden elegir a otras actividades LULUCF que contribuyen en la secuestración
del carbono con el fin de reducir su saldo global de emisiones de GEI durante el 1er período del compromiso (hasta 2012).
[3] En esta Conferencia fue presentado el estudio elaborado por el Dr. Ángel ANGELIDIS "LE SYSTÈME COMMUNAUTAIRE D’ECHANGE
DE QUOTAS D’EMISSION DE GAZ A EFFET DE SERRE (SCEQE-GES) EN APPLICATION DU PROTOCOLE DE KYOTO ET LES FORETS" (THE EU GREENHOUSE GAS EMMISSION ALLOWANCE TRADING SCHEME (EU-ETS) PURSUANT TO THE KYOTO PROTOCOL AND FORESTS), Document de Travail
N° B-33 REV.1 FR-04-2010, Doc PE 440.329, PE, Direction Générale des Politiques Internes, Bruxelles, avril 2010; ouvrage préfacé par le député Mr. Patrick LOUIS (France); il a servi comme document de base dans
le cadre de l’opération «Hercules».
[4] Conviene subrayar que la Unión Europea no dispone de una política forestal común, por carecer tanto los bosques como la madera de una referencia jurídica adecuada en los Tratados. Sin
embargo, a lo largo de los años y tras una iniciativa legislativa del Parlamento Europeo – que se apoyó en el estudio "EUROPA Y LOS BOSQUES" realizado por el autor (1992-1997) – se ha conseguido una "estrategia forestal
europea" (véase Resolución del Consejo 1999/C 56/01, del 15.12.1998, DOCE C56/1999, p. 1) fundamentalmente basada sobre el principio de subsidiariedad. Dicha estrategia está actualmente puesta en marcha por el Plan Forestal 2007-2011 (véase
COM (2006) 302 final y SEC (2006) 748, de 15.06.2006), el cual fija cuatro objetivos principales y prevé 18 grupos de actuaciones en diferentes áreas que interesan al sector forestal, pero sin disponer de una financiación concreta e independiente
de los demás fondos de la UE. Por esta razón, el Plan Forestal ha sido criticado por varias organizaciones profesionales de ser en realidad un plan "vacío"...
[5] (Inducida por el ser humano).
[6] (Reduction of the Emissions due to Deforestation and Forest Degradation).
[7] Ciertas organizaciones profesionales criticaron la Comisión por haberse olvidado en su comunicación de la degradación
de los bosques europeos y por proponer mecanicismos de compensaciones a países terceros que no emprendieron ningún esfuerzo para combatir la deforestación ilícita.